LA JUSTICIA RECHAZÓ LA APELACIÓN DE PETROECUADOR, REFORMULÓ LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA EN EL CASO DE LA CONTAMINACIÓN DEL RÍO CONEJO Y DECLARA QUE PETROECUADOR ES RESPONSABLE DE LA VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LAS FAMILIAS Y COMUNIDADES AFECTADAS POR EL DERRAME DE PETRÓLEO PRODUCIDO EL 10 DE MAYO DEL 2023.

Lago Agrio, 25 de abril del 2025

Como es de conocimiento público, el 10 de mayo del 2023 ocurrió un grave derrame de petróleo, debido a la rotura del oleoducto – SOTE, en el km 11 de la vía Lago Agrio – Quito, a la altura del río Conejo, parroquia Santa Cecilia.

EP Petroecuador suspendió el bombeo de petróleo por 13 horas e informó de un sabotaje al sistema. Solo 2 horas más tarde de producido el derrame, equipos de Petroecuador iniciaron los trabajos de contención, en las riberas y a lo ancho del río Conejo, las cuales no fueron suficientes y buena parte de la mancha negra y aceitosa del petróleo derramado llegó al río Blanco Grande y posteriormente al río San Miguel. Cabe recalcar que el crudo siguió saliendo de la tubería en gran cantidad por al menos 5 horas, debido a la gran presión del flujo y el tiempo de demora entre la suspensión de las operaciones de bombeo hasta que la presión de la tubería baje y pare el derrame del líquido.

Se contaminaron más de 36 km de los ríos Conejo y Blanco Grande. 14 comunidades con alrededor de 200 familias ubicadas a lo largo del lecho de ambos ríos sufrieron las consecuencias de la contaminación en su salud y medios de vida, sin poder utilizar el agua de los ríos para sus necesidades básicas, por los que sus derechos a una salud digna, a vivir en un ambiente sano y a su desarrollo económico se vieron vulnerados.

Petroecuador, desde un principio acusó de sabotaje, sin prueba alguna, igual que lo hizo en el caso del derrame en la provincia de Esmeraldas ocurrido el 13 de marzo del 2025. En ese sentido esta sentencia de última instancia dice que: Se resalta de manera especial que, en esta causa, no se ha evidenciado que los daños ocurridos hayan sido producto de un atentado a la infraestructura de Petroecuador, lo cual valida el reclamo al seguro de responsabilidad civil”.

Con esta sentencia, el relato de sabotaje expuesto por Petroecuador queda en una más de las mentiras que usa el actual gobierno cuando se ve expuesto a las consecuencias de un mal manejo de la producción petrolera. El insinuar sabotaje desde el gobierno, sin prueba alguna es una actitud irresponsable que, incluso hacía peligrar el acceso a los recursos económicos que por derecho el estado debe ejercer para que, en este caso, las familias y comunidades afectadas reciban las reparaciones ambientales y sociales que por derecho merecen y así lo establece la sentencia.

Recordemos que Petroecuador, inmediatamente de producido el derrame de petróleo, no implementó medidas adecuadas de reparación ambiental frente al desastre producido, el manejo técnico para detener, recolectar y limpiar la zona del desastre fue cuestionado por la ciudadanía y por los afectados, que ante la indolencia de las autoridades estatales por los daños causados a su salud y medios de vida, presentó una acción de protección en agosto del 2023 para que la justicia determine la vulneración de sus derechos constitucionales y disponga a Petroecuador que implemente todas las acciones adecuadas para reparar los derechos y que no se repita esta vulneración.

La justicia, en primera instancia, declaró culpable a Petroecuador y lo sentenció el 29 de diciembre del 2023. Petroecuador apeló esta sentencia y la justicia, en sentencia de última instancia acaba de rechazar esta apelación el 21 de abril del 2025 y más bien reforma la primera sentencia ordenando que:

1.- El cumplimiento de la medida contemplada en el literal a) de la sentencia de primer nivel se deberá cumplir de manera taxativa y acorde a lo resuelto por el Tribunal de Garantías Penales de Sucumbíos: Restauración de las aguas, sedimentos y los suelos afectados por la contaminación de hidrocarburos en la zona afectada por el derrame.

2.- Por ser un proceso constitucional producto de una contaminación del Rio Conejo, por derrame de petróleo ocurrido en el km 11 en la vía Lago Agrio – Quito, acaecido el día 10 de mayo del 2023, y en vista que se enmarca en las competencias constitucionales de los Gobiernos Autónomo Descentralizados, dispone que el GADM de Lago Agrio incluya en su plan operativo anual, un plan, programa o proyecto con enfoque hacia la construcción de o los sistemas de agua potable para las comunidades afectadas por el derrame del petróleo en el Río Conejo. Así mismo, dispone que el GAD de la provincia de Sucumbíos, incluya en el Plan Operativo Anual un plan, programa o proyecto enfocado a la remediación, suelos y recuperación agro productivo de la microcuenca afectada; para ello, estas dos instituciones del régimen seccional autónomo deberán presentar el programa o proyecto para viabilizarlo en el presente año 2025 ante la Secretaría Técnica de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica.

La sentencia ordena, además que La Secretaría Técnica de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, en uso de las competencias que le otorga la Ley Orgánica para la Planificación y Desarrollo Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, priorizará la asignación de recursos del fondo común, en un plazo máximo de sesenta (60) días, para la contratación de los estudios de consultoría necesarios para la construcción de sistemas de agua potable como de proyectos productivos en las comunidades afectadas.

Una vez que los estudios hayan concluido y sean presentados, la Secretaría Técnica deberá asignar de forma urgente e inmediata, en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días, los recursos requeridos para la ejecución del o los proyectos que presente el Gobierno Municipal del Cantón Lago Agrio. El objetivo es coadyuvar a la solución permanente de la provisión de agua potable.

UDAPT patrocinó esta demanda judicial y la lucha social de las comunidades, que, ante la contaminación sufrida, se organizó y conformó un frente representativo que no ha desmayado hasta conseguir justicia. en ese sentido permaneceremos vigilantes para que las instituciones estatales involucradas cumplan las medidas de reparación establecidas en la sentencia y la población afectada pueda vivir en un ambiente sano, libre de contaminación.

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