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El 29 de julio del 2021, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos concedió la acción de protección interpuesta por las niñas del #CasoMecheros. La justicia reconoció la vulneración del derecho a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, disponiendo medidas de reparación. Entre estas, se incluyeron acciones relacionadas con el acceso al agua potable: la sentencia obtenida por las demandantes del caso Mecheros estableció que el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), junto con los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) de las provincias de Sucumbíos, Orellana y Napo, debía realizar una evaluación de la «calidad e idoneidad de los recursos hídricos que utiliza la población».
El objetivo era crear «un sistema de abastecimiento de agua apta para el consumo humano en favor de los habitantes de los asentamientos cercanos a los mecheros o antorchas y que actualmente no cuentan con este recurso vital».
La jueza María Custodia Toapanta, a solicitud de la Defensoría del Pueblo, convocó al MAATE y a los GADs de Lago Agrio, Shushufindi y Cuyabeno, a una audiencia para el 21 de noviembre de 2024 con el fin de escuchar al Ministerio sobre las acciones tomadas para dar cumplimiento a la sentencia, es decir, garantizar agua potable a los habitantes de los asentamientos afectados por los mecheros y su contaminación. Sin embargo, la audiencia programada para el 21 de noviembre no se llevó a cabo y fue postergada para el 6 de enero de 2025.
En la audiencia del 06 de enero estuvieron presentes la parte accionante con el Ab. Pablo Fajardo de la UDAPT, la niña demandante Dannya Bravo, el Dr. Manuel Chávez de la Defensoría del Pueblo, y representantes del Ministerio del Ambiente (MAATE) y de la Alcaldía de Shushufindi. No obstante, pese a la notificación oficial, no asistieron los representantes de las alcaldías de Lago Agrio y Cuyabeno.
Durante la audiencia, el MAATE intentó negar su responsabilidad por el incumplimiento de la sentencia, acusando a los alcaldes de no colaborar en la evaluación del estudio técnico. Esta acusación fue refutada por el subprocurador síndico del municipio de Shushufindi, quien afirmó que, ante cada solicitud del MAATE, la oficina municipal ha respondido oportunamente y que no ha recibido actualizaciones sobre el proceso desde hace tiempo.
En relación con esto, la jueza subrayó la importancia de que el Ministerio del Ambiente realice investigaciones de campo para llevar a cabo el estudio técnico.
Además, el MAATE insistió en que su función es únicamente coordinar, no ejecutar los proyectos de potabilización de agua, lo cual corresponde a los municipios. Ante estas declaraciones, Pablo Fajardo de UDAPT calificó como irrespetuosa la actitud del Ministerio al culpar a los GADs y recordó que la sentencia exige la creación de un informe sobre el estado del agua en las comunidades afectadas y un estudio técnico completo sobre los sistemas de abastecimiento de agua en esas zonas. “Es escandaloso que, después de tres años, no se haya avanzado en nada concreto”, expresó.
Más absurdo aún es que el MAATE haya mencionado la creación de un supuesto estudio que identifica 321 comunidades afectadas, sin poder presentar dicho informe ni especificar en cuáles de estas comunidades se necesita agua potable. La jueza declaró que es absolutamente necesario que el MAATE se enfoque en investigar las áreas alrededor de los mecheros, identificando los lugares donde falta agua potable y existen corrientes potencialmente contaminadas.
El Dr. Manuel Chávez, de la Defensoría del Pueblo, destacó la importancia de que los GADs y el MAATE colaboren para cumplir la sentencia lo antes posible, ya que han pasado tres años sin ningún progreso concreto.
Finalmente, la jueza concluyó exhortando al MAATE a realizar el esfuerzo necesario para llevar a cabo el estudio técnico y convocará a una nueva audiencia en la que se verificará el avance en la ejecución de la sentencia.
Luego de 3 años, lo mínimo que esperamos de la justicia, es que sancione a los culpables. No puede ser que ante el evidente incumplimiento de la sentencia la jueza se limite a convocar (sin fecha precisa) a una nueva de audiencia. Esto equivale a una burla y a una evidente violación a la salud y al derecho de acceso a servicios básicos de más de 300 comunidades rurales afectadas por la contaminación generada por los mecheros de gas que desde hace 60 años emiten gases contaminantes en la Amazonia norte del Ecuador.



